Mercantil

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En Rull & Asociados – Asesores Globales de Empresa ponemos a disposición de su empresa, tanto persona física como entidad mercantil, un equipo altamente cualificado y preparado, con dilatada y contrastada experiencia que le brinda un asesoramiento permanente, proactivo, directo y personal en la cumplimentación de las obligaciones tributarias y mercantiles en el que la maximización del ahorro y reducción de la carga fiscal del cliente son el ADN y señas de identidad de nuestro Departamento.
 

La complejidad del sistema tributario nacional e internacional, así como la creciente presión fiscal a la que se ve sometido el contribuyente (tanto persona física como jurídica en sus múltiples versiones) exigen de una correcta planificación y ejecución que nos permita, en uso del principio de la economía de opción, optimizar los recursos disponibles y minorar en última instancia la ‘factura fiscal´, siempre con sujeción y cumplimiento de la normativa vigente.

Somos especialistas en asistencia global en el asesoramiento fiscal de las empresas (personas físicas y jurídicas) y particulares en todos los ámbitos (Impuesto sobre Sociedades, IRPF, Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, etc.), así como en la planificación de operaciones de carácter complejo y multidisciplinar.

Igualmente en Rull & Asociados – Asesores Globales de Empresa ofrecemos un experimentado asesoramiento integral en el ámbito mercantil (Estudio y constitución de sociedades, acuerdos y pactos sociales y parasociales, defensa de los socios y órganos de administración, reestructuraciones societarias, etc.) que le permita un desarrollo empresarial adecuado y sostenible.

Finalmente, y no menos importante, desde la firma Rull & Asociados – Asesores Globales de Empresa hemos procedido al fortalecimiento y especialización del área bancaria a los efectos de atender de forma rápida y eficaz los derechos de los consumidores y ciudadanos frente a las malas prácticas bancarias, y en especial la reclamación (tanto judicial como extrajudicial) contra las ‘cláusulas abusivas’ como la ‘cláusula de intereses de demora’, la ‘cláusula de vencimiento anticipado’, etc., y en particular, las denominadas ‘cláusula suelo’, en virtud de la Sentencia del TJUE de fecha 21 de diciembre de 2016, así como la ‘cláusula de gastos del préstamo hipotecario’, en virtud de la Sentencia del TS de fecha 23 de diciembre de 2015.